Análisis de la Ley 21.713: Repercusiones, Beneficios y Desafíos en el Sistema Tributario Chileno

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Escribe Jonathan Guzmán Muñoz, Auditor en V&G Consultores Ltda.

Resumen.

La Ley 21.713, promulgada el 24 de octubre de 2024, representa un esfuerzo significativo para modernizar el sistema tributario chileno, reducir la evasión fiscal y combatir la informalidad económica. Esta normativa introduce disposiciones que abarcan desde el reporte de abonos en cuentas bancarias hasta el término de giro y la repatriación de capitales. Este análisis examina los puntos más relevantes de la ley, su impacto esperado, las implicancias para los contribuyentes y el sistema financiero, así como los desafíos asociados a su implementación.

Palabras clave: Tributación, Ley 21.713, evasión fiscal, repatriación de capitales, transparencia, recaudación fiscal, Chile.

  1. Contexto y Objetivos Generales.

El sistema tributario chileno enfrenta desafíos estructurales asociados a la evasión fiscal, la informalidad económica y las brechas en la transparencia financiera. Se estima que estas problemáticas representan pérdidas fiscales de hasta el 8% del PIB, lo que equivale a aproximadamente USD 28 mil millones anuales​.

La Ley 21.713 surge como respuesta a estas problemáticas, estructurándose en cuatro objetivos principales:

  1. Reducir la evasión fiscal: A través del fortalecimiento de las herramientas de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII).
  2. Combatir la informalidad: Fomentando la formalización de actividades económicas mediante la exigencia de inicio de actividades.
  3. Modernizar la administración tributaria: Incorporando tecnología para un manejo más eficiente de la información tributaria.
  4. Promover la transparencia y equidad: Al exigir mayor trazabilidad en las transacciones financieras​.

 

  1. Cambios Normativos y su Impacto.

2.1. Repatriación de Capitales.

  • Disposición: La ley establece un régimen transitorio que permite regularizar bienes y rentas en el extranjero pagando un impuesto único del 12%​.
  • Impacto esperado: Este incentivo busca incrementar la base tributaria y atraer recursos al sistema formal, contribuyendo al fortalecimiento de la economía nacional.

2.2. Reporte de Abonos en Cuentas Bancarias.

  • Norma clave: El artículo 85 ter del Código Tributario obliga a las instituciones financieras a reportar cuentas con más de:
  • 50 abonos mensuales o 100 semestrales provenientes de fuentes distintas​.
  • Contenido del reporte: Identificación del titular, número de cuenta, monto agregado y frecuencia de abonos.
  • Críticas: Si bien fomenta la fiscalización, genera preocupaciones sobre la privacidad de los datos financieros​.

2.3. Término de Giro.

  • Nueva disposición: Agiliza el trámite, reduciendo el plazo de seis meses a uno para Pymes en casos específicos​.
  • Impacto: Mejora la eficiencia administrativa, permitiendo a las empresas cerrar operaciones de manera más expedita.

2.4. Intereses por Deuda Tributaria.

  • Reforma: Actualiza las tasas de interés moratorio, vinculándolas a las tasas de mercado más un 3,5%, para alinearlas con las condiciones económicas actuales​.

2.5. Inicio de Actividades.

  • Obligación: Desde julio de 2025, los bancos y plataformas digitales deben exigir inicio de actividades a sus clientes antes de realizar operaciones financieras​.

 

  1. Análisis Crítico.

3.1. Fortalezas.

  1. Incremento en la recaudación: El gobierno proyecta ingresos adicionales de USD 3 mil millones anuales, impulsados por la reducción de la evasión y la formalización de actividades económicas​.
  2. Equidad tributaria: La normativa refuerza el principio de que todos los actores económicos deben contribuir proporcionalmente.
  3. Modernización: La incorporación de tecnología mejora la eficiencia de la fiscalización y reduce los tiempos administrativos​.

3.2. Desafíos y Riesgos.

  1. Privacidad de datos: La ampliación del acceso del SII a información financiera genera inquietudes legítimas sobre la seguridad de los datos personales​.
  2. Carga administrativa: Las nuevas disposiciones podrían ser difíciles de implementar para pequeñas instituciones financieras y algunos contribuyentes​.
  3. Inclusión financiera: La exigencia de inicio de actividades podría limitar el acceso a servicios financieros para empresas emergentes​.

3.3. Expectativas vs. Realidad.

  • Expectativas del gobierno: Reducir la evasión fiscal en un 25% y mejorar la formalización económica.
  • Realidad probable: Incrementos graduales en la recaudación, limitados por desafíos operativos y resistencia inicial de ciertos sectores económicos.

 

  1. Otros Aspectos Relevantes.

Tarjetas de Prepago.

  • Exclusión: Las tarjetas no bancarias, como Tenpo y Mercado Pago, están exentas de las obligaciones del artículo 85 ter, aunque deberán reportar si son utilizadas para operaciones comerciales​.

Estrategia del SII.

El SII implementará una estrategia diferenciada para tratar casos de transferencias no comerciales, actividades informales y contribuyentes formalizados con irregularidades. Este enfoque busca garantizar una fiscalización más justa y efectiva​.

  1. Conclusiones.

La Ley 21.713 es un avance significativo hacia un sistema tributario más transparente y equitativo en Chile. Sin embargo, enfrenta desafíos importantes en su implementación, especialmente en términos de privacidad y carga administrativa.

Perspectivas futuras:

  1. Optimistas: Incrementos sostenidos en la recaudación y fortalecimiento de la formalización económica.
  2. Escépticos: Persistencia de problemas asociados a la privacidad y dificultades operativas para instituciones y contribuyentes.

Resultado más probable: Mejoras graduales en la recaudación y eficiencia administrativa, acompañadas de ajustes necesarios en las fases iniciales de implementación.

Referencias

  1. Ley N° 21.713.
  2. Servicio de Impuestos Internos, https://www.sii.cl/destacados/ley_cumplimiento_obligaciones_tributarias/index.html.
  3. Centro de Estudios Tributarios, Universidad de Chile. «Reportes Tributarios N°164 y N°165.»
  4. Resoluciones y circulares SII, 2024, referentes a la ley 21.713.