La polémica por las rebajas de condena no termina en los delitos sexuales contra menores. Según información recopilada por BioBioChile, el Ministerio de Justicia también firmó dos decretos que redujeron penas a internos de Punta Peuco: uno por secuestro calificado y otro por tortura.

Ambos forman parte de tres decretos por esos delitos dictados desde el 11 de marzo, cuando comenzó el gobierno de José Antonio Kast. El tercero corresponde también a secuestro calificado, aunque los documentos vistos por este medio no identifican dónde cumple condena el beneficiado.

El antecedente amplía la controversia que enfrenta el ministro Fernando Rabat. La cartera sostiene que debe conceder las rebajas cuando se cumplen los requisitos legales, pero todavía falta conocer cómo los acreditaron estos condenados y cuánto se redujeron sus penas.

Justicia también firmó reducción de condena para internos de Punta Peuco

En un oficio de la Subsecretaría de Justicia se informó de tres decretos de reducción de condena: dos por secuestro calificado y uno por tortura.

El documento precisa que dos corresponden a personas recluidas en el Centro de Detención Preventiva de Til Til, conocido como Punta Peuco: una por secuestro calificado y otra por tortura.

El penal es conocido por albergar a condenados por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Sin embargo, el oficio no individualiza a los beneficiados ni sus causas, por lo que todavía falta establecer los hechos concretos por los que fueron sentenciados y también cuántos meses se descontaron.

Según explica Justicia, la Ley 19.856 permite reducir el tiempo de condena a quienes acrediten un comportamiento sobresaliente y no estén sujetos a una causal legal de exclusión.

Una Comisión de Reducción de Condenas evalúa educación, trabajo, rehabilitación y conducta. Gendarmería prepara cada año el listado de postulantes y, tras la evaluación, envía los antecedentes a la respectiva Seremi de Justicia.

La Seremi verifica los requisitos y remite la postulación al ministerio, que concede o rechaza el beneficio mediante un decreto exento, bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”.

Ese es el procedimiento general. Los documentos revisados por BioBioChile, sin embargo, no detallan qué informes respaldaron las rebajas de condenados por delitos sexuales ni las de Punta Peuco, ni cómo se acreditaron los requisitos en esos casos. Muchos menos si se considera a las víctimas en la evaluación del beneficio.

Los antecedentes amplían una controversia que ya había provocado críticas desde distintos sectores políticos por las 56 rebajas de condena a sentenciados por delitos sexuales contra menores.

Ahora, Justicia y el ministro Fernando Rabat también deben explicar el alcance de los beneficios concedidos en Punta Peuco.

La discusión alcanza, además, la defensa que Rabat ha hecho de las rebajas, apoyándose en la jurisprudencia de la Corte Suprema. BioBioChile revisó cuatro causas por delitos sexuales en que el máximo tribunal respaldó negar el beneficio por hechos anteriores a la reforma de 2022, tres de ellas resueltas durante el actual gobierno.

Esos fallos no demuestran que las 56 rebajas sean ilegales, pero cuestionan que concederlas fuera la única respuesta posible bajo el criterio de la Suprema, como ha invocado Justicia.

Con lo de Punta Peuco, las dudas se agudizan: quiénes recibieron las reducciones, cuánto se descontó y con qué antecedentes se aprobaron.