El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando comenzó esta jornada el juicio oral contra Eduardo Macaya Zentilli, acusado por el Ministerio Público como autor de abuso sexual impropio.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando comenzó esta jornada el juicio oral contra Eduardo Macaya Zentilli, acusado por el Ministerio Público como autor de abuso sexual impropio.

En la primera audiencia realizada por el tribunal -integrado por las magistradas Marisol López Machuca, Marcela Yáñez Cabello y el juez José Ruiz Stanke- se dio lectura a la acusación y se realizaron los alegatos de aperturas de todos los intervinientes.

Recordemos que Eduardo Macaya Zentilli es el padre del actual Senador por O’Higgins y Presidente de la UDI Javier Macaya. En abril, durante la preparación de este juicio, el padre del senador UDI, rompió el silencio y habló ante los medios presentes, señalando que «si no fuese por el cargo de mi hijo, esta causa no existiría, y por eso me alegro que se inicie este juicio oral para poder demostrar mi total inocencia».

Además, apuntó sus críticas al ente persecutor asegurando que «hasta la fecha, el Ministerio Público ni siquiera ha solicitado mi declaración, porque saben que es más rentable hablar de los abusos del padre de un senador de la UDI, que investigar los hechos que motivaron a la denuncia. Este sesgo ha existido desde un principio y se ha mantenido constantemente a lo largo de toda la investigación».

Tras una solicitud del Ministerio Público, querellantes y la defensa del acusado de declarar reservado el juicio oral para la prensa y las personas que no son partes intervinientes en el proceso, el tribunal acogió la solicitud restringiendo el acceso a los medios y al público general a las audiencias del respectivo juicio oral, junto con la prohibición de la difusión de la identidad de las víctimas y cualquier otra información directa o indirecta que pueda identificarlas, así como también los hechos de la causa.

“Por regla general, las audiencias de juicio oral son públicas y, por tanto, cualquier persona tiene libre acceso a éstas, como lo establece nuestra legislación. Sin embargo, tal publicidad contempla algunas restricciones que se fundamentan en la protección de ciertos derechos. En este caso en particular se debe tener en cuenta quienes tienen la calidad de víctima en esta causa son personas menores de edad y por mandato legal expreso deben ser protegidas, sobre todo considerando la naturaleza de los delitos por los cuales se acusa (…). Ante este escenario, tal como lo han señalado todos, incluso la propia defensa, el tribunal tiene el deber de tomar todas las medidas de resguardo que estime necesarias para proteger la integridad tanto física o psíquica y la privacidad de las víctimas”, resolvió el tribunal.