Debido a los preocupantes índices de COVID-19, y tras superar el millón de contagiados, las autoridades adoptaron diversas medidas de restricción de desplazamiento, que comienzan hoy, para intentar reducir los números de la pandemia. Acá los detalles.

Desde este lunes rigen una serie de nuevas medidas restrictivas que fueron anunciadas el jueves 1 de abril, las que tienen por objetivo limitar el desplazamiento para poder bajar los preocupantes índices de contagio de COVID-19 en Chile, tras superar el millón de contagiados.

El adelantamiento del toque de queda, el cierre de fronteras, el límite de los productos que se pueden adquirir y una nueva cantidad de permisos de desplazamiento por semana son algunos de los aspectos que se verán afectados. Acá te contamos en detalle.

Toque de queda

Desde las 21 horas de este lunes se inicia el toque de queda para todo el territorio nacional, el que se extenderá hasta las 05:00 AM. Debido a esto, el Metro de Santiago anunció que sus operaciones se extenderán solo a las 20:00 horas. en tanto que el servicio de buses Red operará hasta las 21 horas.

Límite de traslados

Desde este lunes, la cantidad de permisos de desplazamiento que se pueden solicitar por semana también se limita:

Si sacas dos permisos de lunes a viernes, no tienes ninguno para el fin de semana o feriado
Si sacas un permisos de lunes a viernes, tienes uno para el fin de semana o feriado
Si no sacas permisos de lunes a viernes, tienes uno para el fin de semana o feriado

Permisos colectivos

Debido a la nueva definición de labores esenciales, los y las trabajadoras de empresas que presten servicios esenciales que podrán contar con Permisos Colectivos de Trabajo son:

Labores operativas, logísticas, productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización.
De esta manera, se quedan sin dicho permiso:

Quienes realicen labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías.

Restricción de compras

Desde esta jornada también se limita qué bienes se pueden adquirir de manera presencial o por entrega a domicilio (delivery) en comunas en Fase 1 y 2. Bajo la nueva normativa se pueden comprar:

Alimentos, alcohol, medicamentos y artículos de aseo a higiene personal.
Se prohíbe adquirir productos no esenciales, como de entretención y decoración.

¿Qué negocios podrán abrir?

Con esta nueva normativa, no todos los servicios podrán mantener su funcionamiento. Es decir, aquellos negocios con giros no esenciales deberán cerrar sus puertas.

Podrán funcionar:

Supermercados, almacenes, bancos, farmacias y bencineras.

No podrán funcionar:

Botillerías, centros comerciales, comercio de vestuario y calzado, venta al por mayor de cosméticos, perfumes, entre otros bienes.

Cierre de fronteras

A estas restricciones, también se suma el cierre de fronteras aéreas y terrestres, el que comenzó este lunes 5 de abril a las 5:00 horas y se extenderá por todo el mes.

De esta manera, sólo se permitirá el ingreso de residentes que regresen al país y los viajes esenciales e impostergables. A esto se prohíbe el ingreso de extranjeros no residentes en Chile.