La Corte Suprema decidió suspender al juez de Rancagua acusado de acoso sexual, esto, luego que la fiscal judicial diera por acreditadas cuatro denuncias. La ex fiscal judicial a cargo de la investigación interna dio acreditado cuatro casos y formuló cargos respecto de dos.

Puntualmente se trata del magistrado identificado como Luis Barría Alarcón, juez titular del Juzgado de Garantía de Rancagua.

La medida fue adoptada por el máximo tribunal, organismo que tomó por mayoría la decisión de suspender de sus funciones al juez Barría por dos meses.

Se trata de una medida cautelar adoptada mientras se desarrolla la investigación en contra del magistrado.

El Pleno de la Corte Suprema resolvió hoy suspender al juez del Juzgado de Garantía de Rancagua que es indagado internamente tras denuncias de acoso sexual. La medida cautelar, confirmaron desde el Poder Judicial, correrá por dos meses, mientras se desarrolla la investigación.

El magistrado Luis Barría fue denunciado por varias funcionarias del tribunal que integra en la región, quienes dieron cuenta de situaciones que estarían ocurriendo desde hace años. Se presentó una denuncia anónima ante el máximo tribunal, lo que luego motivó que la Corte de Apelaciones de Rancagua iniciara un sumario administrativo.

De acuerdo a Ciper, la ex fiscal judicial a cargo de la investigación, Natalia Rencoret Oliva – quien dejó dicha función para asumir otra en Coyhaique -, dio por acreditados cuatro casos de acoso sexual en contra de cuatro funcionarias durante la indagatoria.

De estos, sin embargo, uno fue estimado prescrito, mientras que otro no contó con la denuncia por parte de la trabajadora afectada, por lo que se formularon cargos respecto por dos de las acusaciones.

En relación a las dos últimas, detalla el medio citado, Rencoret acusó al magistrado de «haber acosado sexualmente a las funcionarias del Juzgado de Garantías de Rancagua doña (…) y a (…), a quienes mediante distintas acciones, que de manera explícita o implícita se referirían a requerimientos de carácter sexual no consentidos por la ofendida, tales como tocaciones, encerronas, piropos, miradas lascivas, comentarios inapropiados y hostigamientos».

«Dada la calidad de superior jerárquico del acusado, lógicamente generaban una relación abusiva de poder que repercutían, primero en el ambiente laboral y segundo en el bienestar de las ofendidas», acotó.