En total fueron siete los trabajadores que permanecían en labores, a quienes se les notificó en el lugar que no pueden continuar con su trabajo. De la misma forma, se suspendió el funcionamiento de la empresa en cuestión y se entregarán los antecedentes al Ministerio Público para su posterior investigación.
Gracias a la información entregada a través de la plataforma Denuncia Seguro Web, la Dirección de Trabajo y la Policía de Investigaciones, junto al Seremi de Trabajo y la coordinadora regional de Seguridad Pública, concurrieron hasta las instalaciones de una empresa que disponía personal que prestaba asesoría dermocosmética en farmacias, la que obligaba a sus empleados a seguir desempeñando funciones, pese a estar en zona en cuarentena y no prestar una labor esencial.
Según explicó el Seremi de Trabajo, Federico Iglesias, “la Dirección del Trabajo ha hecho una gran labor en terreno durante esa cuarentena, fiscalizando que las empresas que están funcionando cuenten con los permisos para ello, y con las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores”.
En total fueron siete los trabajadores que permanecían en labores, a quienes se les notificó en el lugar que no pueden continuar con su trabajo. De la misma forma se suspendió el funcionamiento de la empresa en cuestión y se entregarán los antecedentes al Ministerio Público para su posterior investigación.
Para la coordinadora regional de Seguridad Pública, Macarena Matas Picart, “la gravedad de este delito radica en que se está poniendo en riesgo la salud de los trabajadores y de la comunidad en su conjunto. El llamado que reiteramos es a respetar las medidas dispuestas por la autoridad sanitaria, no convocar a trabajar a funcionarios de empresas que no son esenciales y, en caso de estar en conocimiento de irregularidades de este tipo, entregar los antecedentes a través de la página www.denunciaseguroweb.spd.cl”.
Sanciones a empresas
Aquellas empresas que no siendo esenciales se encuentren funcionando y se verifique que hay trabajadores en su interior, serán suspendidas inmediatamente por la Dirección del Trabajo, ya que dicha situación constituye un peligro inminente para la salud y vida de las personas.
Además, en aquellas empresas esenciales habilitadas para trabajar también podrá cursar sanciones o decretar incluso el cese de sus actividades, de detectarse el incumplimiento de las medidas sanitarias necesarias para evitar contagios, como la entrega de elementos de protección, entre otros.
Las multas por esta infracción van desde las 10 UTM ($503 mil) hasta las 60 UTM ($3 millones) dependiendo del número de trabajadores de la empresa; de 1 a 49 trabajadores (10 UTM), de 50 a 199 (40 UTM) y 200 o más (60 UTM). Asimismo, podrán ser sometidas a sumarios sanitarios por hasta 50 millones de pesos y sus responsables, incluso, podrán enfrentar penas privativas de libertad.