Para la inscripción del felino o canino, debe poseer dispositivo de identificación, el cual puede ser a través de microchip con la norma ISO 11784,  es decir: tener un número único de 15 dígitos o a través de un dispositivo externo, el cual consiste en un método de identificación como collar, chapita o tatuaje.

La inscripción en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía corresponde a la Ley 21.020,  la cual tiene como objetivo determinar las obligaciones y derechos de los responsables de animales de compañía; proteger la salud y el bienestar animal mediante la tenencia responsable; proteger la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía y finalmente,  regular la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.

Para la inscripción del felino o canino, debe poseer dispositivo de identificación, el cual puede ser a través de microchip con la norma ISO 11784,  es decir: tener un número único de 15 dígitos o a través de un dispositivo externo, el cual consiste en un método de identificación como collar, chapita o tatuaje.

El dueño de la mascota puede realizar el trámite de registro a través del sitio web registratumascota.cl, donde le solicitarán clave única la cual es entregada por Registro Civil o Chile Atiende, contar con un certificado veterinario que dé cuenta de las características y condiciones de la mascota y finalmente declaración simple que debe ser descargada de la misma plataforma, la cual informa sobre los antecedentes del dueño y la mascota.

En el caso de no poder registrar a sus mascotas desde sus hogares, el Municipio de Rengo a través de su Oficina de Seguridad Pública está inscribiendo de las 9:00 a 13:00 horas en Hotel Olimpo, tercer piso, departamento 304.